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José Luis Piñar, experto en protección de datos: "Es ilegal y desproporcionado que tu empresa utilice sin consentimiento la imagen facial de sus empleados"

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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha sentado un precedente al condenar a una empresa a pagar 7.000 euros de indemnización a una trabajadora por utilizar sus datos biométricos sin su consentimiento para el control de acceso. Este caso, discutido en el programa 'Herrera en COPE' por Jorge Bustos, ha puesto sobre la mesa el debate sobre los límites legales de estas tecnologías en el entorno laboral, una cuestión que ha aclarado el experto José Luis Piñar, exdirector de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

José Luis Piñar, actual catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad CEU-San Pablo, ha explicado que la legislación de protección de datos no prohíbe el uso de sistemas biométricos, sino que regula cómo deben implementarse. La sentencia no declara ilegal la tecnología en sí, sino su aplicación en este caso concreto por ser "desproporcionado". La empresa impuso el reconocimiento facial a pesar de que existían alternativas menos intrusivas, como ...

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